El Ayuntamiento de Illescas convoca subvenciones para la cooperación al desarrollo internacional
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| Ayuntamiento de Illescas (Toledo). |
. A partir de mañana hay un plazo de 30 días naturales para solicitar estas ayudas
El
Boletín Oficial de la Provincia de Toledo (BOP) ha publicado hoy, 6 de
noviembre, las bases reguladoras para la concesión de subvenciones
para la Cooperación al Desarrollo Internacional del Ayuntamiento de
Illescas. Las solicitudes junto con la documentación exigida podrán
presentarse en el Registro General del Ayuntamiento, a partir del día
siguiente en que aparezcan estas Bases publicadas en el “Boletín
Oficial de la Provincia de Toledo”, y dentro del plazo de 30 días
naturales. Igualmente podrán remitirse según lo establecido en el
artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
El
Ayuntamiento a este fin facilitará a través de su página web
(www.illescas.es) modelos de instancias y de cumplimentación de la
información solicitada.
Según
consta en las bases podrán solicitar la subvención objeto de esta
convocatoria las organizaciones no gubernamentales fundaciones o
asociaciones que, entre sus fines estatutarios realicen actividades
relacionadas con la cooperación al desarrollo y el fomento de la
solidaridad entre los pueblos; Estar inscritas en el registro público
correspondiente; carecer de ánimo de lucro; disponer de sede o
delegación permanente en Castilla-La Mancha; y cumplir con el resto
de los requisitos determinados en el artículo 13 de la Ley General
de Subvenciones.
Los
objetivos son mantener y fomentar la participación en la
cooperación con los países empobrecidos o en vías de desarrollo y
contribuir al desarrollo humano de poblaciones desfavorecidas en los
campos de la educación, formación, salud, vivienda, desarrollo
económico o infraestructuras que beneficien a comunidades rurales o
urbanas que impliquen la participación activa de dichas comunidades
y de sus instancias representativas en su proposición, gestión y
ejecución.
En
este sentido en esta convocatoria pretende fomentar las acciones, que
respondan a las necesidades de desarrollo económico y social de las
poblaciones destinatarias, que fomenten la participación y formación
de los miembros de la comunidad beneficiaria e incrementen su
capacidad de desarrollo y de gestión, que incidan en la creación
y/o consolidación de una cultura autóctona de los derechos humanos
y la democracia, que e tengan en cuenta la situación de sectores de
población más desfavorecidas y contribuyen a desarrollar sus
oportunidades y que eviten el deterioro del medio ambiente.
Para tener acceso a la
cofinanciación, las actividades y/o proyectos presentados deberán
cumplir las condiciones siguientes:
a.- Que se inicien o
estén en desarrollo a lo largo de los tres meses siguientes a la
fecha de la aprobación de la concesión de la subvención y cuyo
plazo máximo de ejecución y justificación sea de un año desde la
fecha de aprobación de la concesión de la subvención.
b.- Realizarse a través
de un socio o entidad local en el país destinatario, contando con la
participación de la población a la que va dirigida la subvención.
c.- No ser incompatibles
con los objetivos de desarrollo del país o zona afectada.
d.- Ser viables por sí
mismos, en el sentido de que sus repercusiones continúen cuando la
ayuda del Ayuntamiento de Illescas cese.
Quedan excluidos de esta
convocatoria los proyectos de emergencia y/o asistenciales y los
dirigidos a la sensibilización y formación.












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