El 12 de octubre las gasolineras de la provincia de Toledo dispondrán del nuevo distintivo europeo de carburantes
➤ La gasolina será identificada con un círculo, el gasóleo con un cuadrado y el gas con un rombo
La
Unión Europea obligará, a partir del 12 de octubre, a que los tipos
carburantes de los coches tengan un etiquetado distintivo y
armonizado en todos los países miembro. La gasolina será
identificada con un círculo, el gasóleo con un cuadrado y el gas
con un rombo. Esta medida servirá para que el consumidor pueda
elegir cual es el combustible compatible y más adecuado para su
vehículo. Esto supondrá el adiós a los nombres de gasolina 95, 98
y diésel presentes en los surtidores de las estaciones de servicio.
Esta
situación se ha planteado en la jornada organizada por la Asociación
de Empresarios de Estaciones de Servicio de la provincia de Toledo
(Apees), integrada en Fedeto. en la jornada han intervenido el
presidente de Apees, Javier de Antonio Arribas, el Abogado asociado
al bufete “Sánchez Garrido Abogados”, Miguel Marcos-Alberca
Moreno, y el secretario general de Apees, David García Alonso.
La
legislación exige las etiquetas solo para los nuevos vehículos
comercializados por primera vez o matriculados a partir del 12 de
octubre de 2018. Los fabricantes de vehículos no recomiendan colocar
las etiquetas en vehículos más antiguos.
Las
etiquetas estarán visibles en la proximidad del tapón de llenado o
de la tapa del depósito de los nuevos vehículos producidos. La
información sobre el/los combustibles/s compatible/s con el vehículo
y sus correspondientes etiquetas también se encontrarán en el
manual de propietario del vehículo.
Las
etiquetas se colocarán en el boquerel y en el cuerpo del aparato
surtidor de combustible.
UN
CÍRCULO PARA REPRESENTAR LA GASOLINA. La información sobre el
contenido máximo de biocombustible se designa como “Exx”, donde
“E” significa “etanol” y “xx” representa el volumen
máximo de etanol que se recomienda utilizar en el vehículo y que
estaría disponible en el surtidor. Así “E5” significa que el
vehículo puede utilizar gasolina que contenga hasta un 5% de etanol,
y “E10” significa que el vehículo puede utilizar gasolina que
contenga hasta un 10% de etanol. La “E” para “etanol” es una
abreviatura para indicar que la gasolina puede contener etanol y/u
otros compuestos oxigenados hasta una cantidad máxima.
UN
CUADRADO PARA REPRESENTAR EL GASÓLEO. La información sobre el
contenido en biocombustible se designa como “Bxx”, donde “B”
significa biodiésel y “xx” es el volumen máximo de biodiésel
que se recomienda utilizar en el vehículo y que estaría disponible
el surtidor. Así “B7” significa que el vehículo puede utilizar
gasóleo que contenga hasta un 7% de biodiésel, y “B10”
significa que el vehículo puede utilizar gasóleo que contenga hasta
un 10% de biodiésel. La “B” para “biodiésel” es una
abreviatura para indicar que el gasóleo puede contener biodiésel en
forma de éster metílico de ácidos grasos (FAME) hasta el
porcentaje máximo que se indique en la respectiva etiqueta.
TAMBIÉN
SE USA UN CUADRADO PARA REPRESENTAR EL “XTL”, que es un tipo de
combustible diésel parafínico fabricado a partir de material fósil
o renovable que permite obtener por síntesis o hidrotratamiento, un
combustible muy similar en composición al combustible diésel fósil
tradicional. La Norma CEN aplicable para el XTL es la EN 15940. “XTL”
designa al combustible diésel parafínico usado sin mezclar. La
Norma EN 15940 permite la incorporación de hasta un 7% de ésteres
metílicos de ácidos grasos (FAME) en el combustible diésel
parafínico.
UN
ROMBO PARA REPRESENTAR LOS COMBUSTIBLES GASEOSOS. La información
recogida en el interior de la forma puede ser hidrógeno (“H2”),
gas natural comprimido (“GNC”), gas natural licuado (“GNL”) o
gas licuado de petróleo (“GLP”).
Vehículos de recarga eléctrica
Se
está trabajando en una norma CEN para las etiquetas aplicables a los
vehículos eléctricos y sus puntos de recarga.












