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El PSOE de Polán denuncia al alcalde por "infringir" la Ley Electoral

Ayuntamiento de Polán (Toledo).

. Hablan de un osible delito e infracción electoral de Alberto Virseda Bajo el pasado 20 de diciembre

. Explican que se negó a votar una vez concluidas las votaciones, como marca la LOREG y como le indicó la presidenta de la mesa electoral en la que actuaba como interventor del PP, e introdujo los sobres en las urnas por la mañana sin esperar a las ocho de la tarde cuando se cerraba la mesa


El PSOE de Polán ha denunciado al alcalde de Polán, Alberto Virseda Bajo, por haber infringido la ley electoral cuando actuaba como interventor del Partido Popular en una de las mesas electorales situadas en la localidad el pasado 20 de diciembre, día en que tuvieron lugar las Elecciones Generales de 2015, informan los socialistas en una nota de prensa.


    El PSOE ha presentado una reclamación a la Junta Electoral de Zona ante lo que considera puede ser un delito electoral o una infracción de la ley electoral puesto que Alberto Virseda se negó a votar una vez concluidas las votaciones, como marca la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG) para los miembros de la mesa y los interventores y como se lo indicó el propio Presidente de la mesa, y lo hizo por la mañana, mucho antes de que la votación hubiera finalizado.

    “Haciendo caso omiso a las advertencias de la mesa él, Don Alberto Virseda Bajo, interventor del PP, introdujo en las urnas correspondientes sus sobres de votación antes de concluir la votación y sin respetar y esperar su turno de votación”, tal y como figura textualmente en la denuncia del Partido Socialista.

    Una actuación con la que el alcalde de Polán incumplió la ley electoral que en su artículo 88 dice claramente que el presidente anuncia en voz alta que se concluye la votación, tras lo cual se introducen en las urnas los sobres del voto por correo y, a continuación, los miembros de la mesa y los interventores.

    Recuerdan en la denuncia que el artículo 91 de la LOREG “El Presidente de la mesa tiene dentro del local electoral autoridad exclusiva para conservar el orden, asegurar la libertad de los electores y mantener la observancia de la Ley”, por lo que se ha producido “una clara desobediencia a la máxima autoridad dentro del local electoral” por parte del actual alcalde del Ayuntamiento de Polán.

    Ante estos hechos, el PSOE entiende que pueden ser “constitutivos de un delito electoral, así como de un delito de prevaricación administrativa” puesto que “lo más grave de este caso no es que un interventor desobedezca a la Presidencia de la mesa e infrinja deliberadamente una norma de la LOREG”, lo “más grave es que esta desobediencia e infracción legal se realiza abusando de su posición de superioridad alegando que se hace porque es el alcalde de la localidad y abusando claramente de la superioridad de su cargo”.

    El Partido Socialista considera, y así lo indica en su reclamación, que procedería “en primer lugar dar cuenta de los presentes hechos al Juzgado de instrucción competente, así como al Ministerio Fiscal a fin de depurar responsabilidades penales” que podrían conllevar incluso pena de inhabilitación.

    Y, en cualquier caso, “los hechos denunciados son constitutivos de una infracción electoral prevista en el artículo 153 de la LOREG”.

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